La exención § 212(H) está concebida para ayudar a los solicitantes con determinados antecedentes penales que, de otro modo, no podrían optar a las prestaciones de inmigración a Estados Unidos. Esta exención puede ayudar:
- Deportación de residentes legales permanentes
- Solicitantes de visados de inmigrante en un consulado de EE.UU.
- Solicitantes que solicitan un cambio de estatus dentro de Estados Unidos
- Retorno de residentes legales permanentes en proceso de expulsión
- Retorno de residentes legales permanentes en proceso de expulsión
Dos tipos de dispensas § 212(H)
Exención de 15 años
La dispensa de 15 años se aplica cuando el delito penal del solicitante se produjo más de 15 años antes de presentar la solicitud de dispensa. Para ello, el solicitante debe demostrar:
- La admisión no amenazaría la seguridad de EE.UU.
- El solicitante ha sido rehabilitado
- La aprobación está justificada por una cuestión de discrecionalidad
Exención por dificultades extremas
La dispensa por dificultades extremas puede solicitarse independientemente de cuándo se haya producido el delito. En este caso, el solicitante debe demostrar:
- La denegación causaría dificultades extremas a un cónyuge, padre o hijo ciudadano estadounidense o residente legal permanente.
- Se justifica un ejercicio favorable de la discrecionalidad
Téngalo en cuenta: La Junta de Apelaciones de Inmigración interpreta las dificultades extremas de forma restrictiva, por lo que es fundamental contar con pruebas y argumentos jurídicos sólidos.
¿Quién puede solicitar una dispensa § 212(H)?
Una dispensa § 212(H) puede dispensar de los siguientes motivos de inadmisibilidad:
- Delitos que impliquen vileza moral (como los relacionados con el fraude)
- Múltiples condenas penales con una pena combinada de cinco años o más
- Delitos de prostitución y comercio del vicio
- Actividad delictiva grave con inmunidad judicial
- Infracciones de sustancias controladas, pero sólo por un único delito que implique 30 gramos o menos de marihuana.
- Infracciones de sustancias controladas, pero sólo por un único delito que implique 30 gramos o menos de marihuana.
Por qué son importantes las exenciones § 212(H)
Es importante entender que las exenciones § 212 (H) son discrecionales, lo que significa que los funcionarios de inmigración pueden aprobar o denegar las solicitudes sobre la base de una variedad de factores subjetivos. Sin embargo, con la estrategia legal correcta, una exención puede ser una herramienta poderosa para superar los problemas penales del pasado y asegurar los beneficios de inmigración.
Cómo puede ayudar Martínez Inmigración
Si usted cree que puede calificar para una exención penal 212 (H) o exención por dificultades extremas, Martinez Immigration tiene la experiencia para guiarlo a través del complejo proceso de solicitud. Nos especializamos en exenciones difíciles y discrecionales y podemos ayudar a construir el caso más fuerte posible. Si su exención es denegada, podemos asesorarle sobre opciones alternativas de inmigración para ayudarle a permanecer o regresar a los Estados Unidos legalmente.